The war in Ukraine: what (dis)order precedes what new (dis)order?
DOI: 10.17103/reei.44.10
José Manuel Pureza, Joaquín Alcaide-Fernández
La invasión de Ucrania por la Federación de Rusia supone una violación de extrema gravedad de nor-mas fundamentales del Derecho Internacional: una agresión. Ninguna de las justificaciones invocadas por Rusia –la legítima defensa individual o colectiva, acompañada del pretexto de la protección de na-cionales o de una intervención humanitaria– es admisible a la luz del Derecho Internacional. Pero en el contexto de la renovada reflexión sobre el orden y el desorden internacionales, debe constatarse que violaciones graves de la Carta de Naciones Unidas en materia de paz y seguridad internacionales lleva-das a cabo directamente o con el patrocinio de alguno o algunos de los miembros permanentes del Con-sejo de Seguridad se han repetido en diversas ocasiones, tras el final de la Guerra Fría. De ahí que, te-niendo en cuenta la práctica internacional, tal vez sea ilusoria la aspiración a que tras el final de esta guerra se vuelva al orden internacional acorde a la letra, e incluso al espíritu, de la Carta: la Organización ha cambiado de naturaleza y (muchos de) sus Estados miembros han cambiado su concepción acerca del compromiso, las responsabilidades y las obligaciones que el multilateralismo trae consigo.
The invasion of Ukraine by the Russian Federation represents an extremely serious violation of funda-mental norms of International Law: an aggression. None of the justifications invoked by Russia –individual or collective self-defense, linked with the pretext of the protection of nationals or humanitar-ian intervention– is admissible in the light of International Law. But in the context of the renewed re-flection on the international order and disorder, it must be noted that serious violations of the United Nations Charter in matters of international peace and security carried out directly or with the sponsor-ship of one or more of the permanent members of the Security Council have been repeated on several occasions, after the end of the Cold War. Hence, taking into account international practice, the aspiration that after the end of this war there will be a return to the international order according to the letter, and even the spirit, of the Charter is perhaps illusory: the Organization’s natures has changed and (many of) its Member States have changed their conception of the commitment, responsibilities and obligations that multilat-eralism brings with it.
Ucrania; agresión; legítima defensa; orden internacional; Naciones Unidas; multilateralismo
Ukraine; aggression; self-defense; international order; United Nations; multilateralism
José Manuel Pureza, Joaquín Alcaide-Fernández
Profesor de Relaciones Internacionales en la Facultad de Economía de la Universidad de Coimbra.
Catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad de Sevilla.
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