Cross border transfer of company seat in the European Union
DOI: 10.17103/reei.37.10
Javier Carrascosa González
El presente trabajo expone el régimen jurídico del traslado de sede social de las sociedades de capital en Derecho europeo. Tras una exposición de las razones económicas que impulsan dicho traslado, se examina el triple nivel de regulación del traslado de sede social en el Derecho la Unión Europea. El derecho a cambiar el Estado miembro donde se localiza la sede social de una sociedad de capital viene garantizado por el mismo Derecho europeo material. Sin embargo, como ha precisado el TJUE en cuatro sentencias seminales (Daily Mail, Cartesio, VALE Építési Kft. y Polbud), el Derecho del Estado miembro de salida de la sociedad y el Derecho del Estado de destino de la misma deben coordinarse para que el cambio de Estado miembro en el que se encuentra la sede social produzca todos sus efectos jurídicos. Este trabajo expone el distinto régimen legal de los dos modos de cambio de sede social entre Estados miembros: el que se verifica sin cambio de la Ley aplicable a la sociedad y el que requiere que ésta cambie su Ley reguladora.
This work deals with the transfer of the companies’ head office under European private internacional law. The economic reasons for that transfer is examined as well as the three levels of regulation: European material law, the law of the State where the seat of the company was previously located and the law of the State of the new seat. Not only are the main judgments rendered by the ECJ in the matter considered, but also the consequences of that tranfer are carefully analized. The four seminal judgments by the ECJ Daily Mail, Cartesio, VALE Építési Kft. and Polbud shed some light on the necessary coordination between European substantive law, the law of the member state where the seat of the company was originally placed and the law of the member state of the company’s new seat. Different legal options are open for companies that want to leave the state where the previous company’s seat is located. Companies are allowed to transfer their seat to another member state with a parallel change of their governing law or manteining that law although the seat has been transfered to another member state.
traslado de sede social / Ley de la sociedad / conflicto de leyes / Derecho internacional privado europeo
International transfer of registered office / Law of the company / conflict of laws / European private international law
Javier Carrascosa González
Catedrático de Derecho internacional privado en la Universidad de Murcia
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