La reserva de dominio como garantía funcional del comercio internacional: su eficacia en España

Retention of title clause as a functional security right in international trade: its effectiveness in Spain

DOI: 10.17103/reei.36.08

Rocío Caro Gándara

Resumen

En época de crisis, como en época de estabilidad económica, la disponibilidad de crédito constituye un elemento clave de financiación de la actividad empresarial. Pero en el mundo de los negocios no existe crédito sin garantía. En este sentido, la reserva de dominio simple, entendida como cláusula inserta en un contrato de venta de bienes muebles, que suspende la transferencia de propiedad hasta el pago completo del precio aplazado, constituye un económico mecanismo de financiación inter partes, una garantía de cumplimiento del pago aplazado y, por último, una eficaz garantía de satisfacción interés del vendedor, en caso de incumplimiento del comprador. Sin embargo, cuando se inserta en un contrato internacional, su efectividad se ve muy cuestionada como consecuencia de la discontinuidad espacial que provoca la aplicación de la regla lex rei sitae, como criterio de determinación de la ley aplicable a los derechos reales sobre bienes muebles; esta discontinuidad de su eficacia está provocada, a su vez, por la diversidad de requisitos que exigen los legisladores nacionales para su oponibilidad frente a otros acreedores del comprador y terceros. En ese contexto, este trabajo analiza la eventual eficacia en España de las reservas de dominio pactadas en el extranjero y propone soluciones de lege lata y de lege ferenda, atendiendo a las novedades legislativas que, en diferentes ámbitos territoriales y materiales, ofrecen distintos modelos de regulación, mediante la elección o la combinación de técnicas materiales y conflictuales.

Abstract

In time of crisis, as in time of economic stability, the availability of credit is a key element in financing business activity. But in the business world there is no credit without security. In this sense, the retention of tittle clause, understood as a clause inserted in a contract for the sale of movable property, wich suspends the transfer of propert until the full payment of the deferred price, is a cheap inter-party financing mechanism, a guarantee of compliance of the deferred payment, and, finally, and effective guarantee of satisfaction of the seller interest, in case of default of the buyer. However, when it is inserted in an international contract, its effectiveness is highly questioned, as a consecuence of the spatial discontinuity caused by the application of the lex rei sitae rule, as a criterion for determinig the law applicable to rights in rem in case on movables. This discontinuity of its effectiveness is caused, in turn, by the diversity of requirements that national legislators demand for their effectiveness against other creditors of the buyer and third parties. In this context, this paper analyzes the posible effectiveness in Spain of retention of title agreed upon abroad and proposes de lege lata and de lege ferenda solutions, taking into account legislative developments, in different territorial and material areas, that offer different models of regulation, through the choice or combination of material and conflictual techniques.

Palabras clave

Reserva de dominio, garantías mobiliarias, garantías funcionales, comercio internacional, Eigentumsvorbehalt, réserve de propiété

Keywords

Retention of title, security rights, functional security rights, Eigentumsvorbehalt, réserve de propiété, international trade

Sobre el autor

Rocío Caro Gándara

Profesora titular de Derecho internacional privado en la Universidad de Málaga

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