Rosa Ana Alija Fernández
Como expresión de la naturaleza erga omnes de las obligaciones jurídicas relativas a la protección de derechos humanos, muchos tratados de derechos humanos que establecen órganos de expertos permiten a los Estados Parte presentar quejas ante dichos órganos contra otras Partes que no observan las obligaciones convencionales. Tales quejas interestatales son un mecanismo híbrido que busca controlar la aplicación del tratado, solucionar las controversias entre Estados Parte y/o prevenir esas controversias. En la práctica, no obstante, las quejas interestatales se interponen en raras ocasiones, principalmente por causa de su alto componente político, que hace que sean vistas como un acto inamistoso. Pese a este escaso uso, llama la atención que la mayoría de quejas interestatales presentadas hasta la fecha se hayan referido a situaciones excepcionales calificables de “crisis”, lo que parece poner de manifiesto que este mecanismo podría ser particularmente útil para hacer frente a las violaciones de derechos humanos cometidas en períodos de excepcionalidad.
As an expression of the erga omnes nature of the legal obligations regarding the protection of human rights, many human rights treaties that establish bodies of experts allow the States Parties to make a complaint before those bodies against other Parties that don’t comply with the conventional obligations therein. Such interstate complaints are a hybrid mechanism aiming at supervising the application of the treaty, to solve controversies among States Parties and/or to prevent those controversies. In practice, however, interstate complaints are very rarely filed, mainly due to their high political component that makes them be considered an unfriendly act. Despite such infrequent use, it is somehow surprising that most of the complaints filed up to date have regarded exceptional situations that qualify as “crisis”, what seems to highlight that this mechanism could be particularly useful to address violations of human rights committed in times of exceptionality.
Derechos humanos / Quejas interestatales / Crisis / Obligaciones erga omnes / Control / Arreglo pacífico de controversias
Human rights / Interstate complaints / Crisis / Erga omnes obligations / Supervision / Peaceful settlement of differences
Rosa Ana Alija Fernández
Dra. eur. Profesora ayudante de Derecho Internacional Público, Departamento de Derecho y Economía Internacionales, Universidad de Barcelona
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