Jurisdictional Immunity of Multilateral Development Banks. An Analysis of the United States’ Practice
Björn Arp
El artículo examina la inmunidad jurisdiccional de los bancos multilaterales de desarrollo (BMD) que tienen su sede en los Estados Unidos de América. Los términos del acuerdo constitutivo de estas instituciones incluyen una cláusula de exclusión de la inmunidad para todos los actos realizados en los mercados financieros internacionales. Dicha renuncia constituye una cláusula especial en lo que respecta al régimen general de la inmunidad de las organizaciones internacionales, que les otorga protección por todos los actos realizados en el ejercicio de sus funciones estatutarias. Dentro de este marco jurídico, el presente artículo analiza la jurisprudencia de los tribunales de los Estados Unidos en la aplicación de las cláusulas de exclusión de inmunidad de los BMD contenidas en sus tratados constitutivos. El estudio de esta jurisprudencia permite afirmar que los tribunales de los Estados Unidos no interpretan las cláusulas de conformidad con las normas pertinentes de interpretación de los tratados. En cambio, los tribunales siguen estrictamente los criterios restrictivos para la exclusión de la inmunidad establecidos por el Departamento de Estado, difuminando la separación de los poderes ejecutivo y judicial. Al mismo tiempo, no se aplican con precisión los términos del tratado constitutivo de los BMD. Los propios bancos, a su vez, contemplan con complacencia esta interpretación de los tribunales de los Estados Unidos, ya que les protege de las reclamaciones de personas afectadas por las actividades financieras de la institución.
The article examines the jurisdictional immunity of international development banks (IDB’s) that have their seat in the United States of America. The terms of agreement of these institutions include a clause of waiver of immunity for any acts performed in the international financial markets. This broad waiver constitutes a special clause in regard to the general regime of immunity of international organizations, that grants protection for all acts performed in the exercise of their statutory functions. Before this legal background, this article analyzes the case-law of the U.S. courts when applying the waiver clauses of the IDB’s terms of agreement. The study of this case-law allows for affirming that U.S. courts do not interpret the clauses in accordance with relevant norms of treaty interpretation. Instead these courts follow strictly the restrictive criteria for waiver of immunity set forth by the Department of State, thus blurring the separation of powers between the executive and the judicial branches, while at the same time not applying with precision the IDB’s terms of agreement. The IDB’s, in turn, look with complacence to this interpretation by U.S. courts, because it shields them from claims by persons affected by their financial activities.
bancos multilaterales de desarrollo, Banco Mundial, inmunidad de jurisdicción, exclusión de inmunidad, interpretación de los tratados.
International development banks, World Bank, judicial immunity, waiver of immunity, treaty interpretation.
Björn Arp
Profesor Ayudante Doctor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Alcalá
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